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El objeto es flexibilizar ciertas restricciones en municipios de hasta 10.000 habitantes y densidad de población inferior a 100 habitantes por km cuadrado, que se encuentre en Fase 0 o Fase 1.

  • Se podrán beneficiar de estas medidas los que figuren empadronados en el municipio o entre en ámbito territorial inferior al municipio, así como las personas que hayan permanecido en los últimos catorce días en el municipio.
  • No podrán hacer uso de las habilitaciones de esta orden, las personas que presente síntomas o estén en aislamiento domiciliario, o en estén en cuarentena por COVID-19.
  • No serán de aplicación las franja horarias prevista en al Orden SNS/370/2020 de 25 de abril, sobre las condiciones las condiciones en las que deben desarrollarse las salidas y desplazamientos de la población.
  • En el caso de las salidas y desplazamientos por parte de menores de 14 años, no será de aplicación el límite de un adulto responsable y hasta tres niños, pudiendo realizar estas salidas y desplazamientos todos los convivientes en un mismo domicilio.

Te informo que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales ha publicado una noticia con información relevante sobre la realización de actuaciones relacionadas con el proceso de liberación del segundo dividendo digital. Estos ajustes se aplicarán a partir del 1 de junio de 2020, en las áreas geográficas que se encuentren al menos en la Fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

El día 19 de mayo de 2020 se puso en marcha el cuarto tramo de la Línea de Avales ICO para pequeñas y medianas empresas y autónomos afectados por las consecuencias económicas del COVID19.

El importe total del cuarto tramo de la línea de avales cuenta con un presupuesto de hasta 20.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y empresas que reúnan la condición de PYME.

Además, AVAL Castilla La Mancha pone en marcha la Línea de aval COVID-19 CLM, donde ofrecen todo tipo de instrumentos financieros destinados a cubrir necesidades de circulante derivadas de la emergencia sanitaria. Esta línea de avales cuenta con una dotación económica de 15 millones de euros y el compromiso de su ampliación.

Desde FEDA, os dejamos las siguientes recomendaciones operativas para mejorar el proceso de solicitud de estas líneas de avales:

  • Analizar la situación económica y financiera y evaluar las necesidades de tesorería a 12-18 meses en diferentes escenarios.

Publicada la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El uso generalizado de mascarillas por parte de la población general para reducir la transmisión comunitaria del SARS-CoV2 está justificado no solo por su alta transmisibilidad, sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad.

La citada orden tiene por objeto regular el uso obligatorio de mascarilla por parte de la población. Se entenderá cumplida la obligación mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca. Se observarán, en todo caso, las indicaciones de las autoridades sanitarias acerca de su uso.

Están obligados a llevar mascarilla las personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años.

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