Asociativa (653)
La Unión Europea promueve, dentro de las medidas para la organización común del mercado vitivinícola, la realización de programas de promoción de vino en terceros países, cofinanciando, junto con los beneficiarios interesados, los gastos derivados de dichos programas.
Esta medida de promoción, persigue fomentar el conocimiento de las características y cualidades de los vinos españoles, con el fin de contribuir a la mejora de su posición competitiva y a la consolidación o, en su caso, apertura de nuevos mercados, en terceros países.
En la gestión de esta medida, y dentro del marco de sus competencias, participan tanto el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
(MAGRAMA) como las Comunidades Autónomas y, en el seguimiento y evaluación del desarrollo y ejecución de la misma, se cuenta, además, con el asesoramiento y orientación tanto de las organizaciones representativas del sector.
Las comunidades autónomas se encargan de la tramitación de las solicitudes, así como de la remisión al MAGRAMA de una lista provisional de programas preseleccionados. La Comisión Nacional de Selección de Programas elabora la lista definitiva de acciones y programas seleccionados, que debe ser aprobada por la Conferencia Sectorial. Tras esto, las Comunidades Autónomas resuelven y notifican a los beneficiarios la resolución favorable de concesión de la ayuda.
El día 7 de julio de 2014 se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden de 27/06/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Plan Renove Salas de Calderas en Castilla-La Mancha, por otras de mayor eficiencia energética, y se convocan las mismas. El objetivo es establecer las bases reguladoras y convocar las ayudas para la sustitución de generadores térmicos de alta potencia, por otros de mayor eficiencia energética, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha. La convocatoria de ayudas para el año 2014 tendrá efectos desde 1 de noviembre de 2013, hasta el 15 de octubre de 2014.
Normativa básica para usuarios y empresas, en materia de Consumo, que deben cumplir los Talleres de Reparación de Automóviles:
- Todos los talleres están obligados a entregar al cliente factura escrita, numerada, firmada y sellada, debidamente desglosada (art. 15, Decreto 96/2000).
- Aunque la reparación se encuentre amparada por garantía o sea a cargo de una compañía aseguradora, el taller estará obligado a facilitar información escrita sobre las operaciones realizadas y piezas sustituidas.
Información importante sobre requisitos legales en materia de rebajas, conforme a la Ley 2/2010, de 13 de mayo, de Comercio de Castilla-La Mancha, modificada por Ley 1/2013, de 21 de marzo, de medidas para la dinamización y flexibilización de la actividad comercial y urbanística en Castilla-La Mancha («D.O.C.M.» 27 marzo):
- Se considera que existe venta en rebajas cuando los artículos objeto de la misma se ofertan, en el mismo establecimiento en el que se ejerce habitualmente la actividad comercial, a un precio inferior al fijado antes de dicha venta.
- Las ventas en rebajas podrán tener lugar en los periodos estacionales de mayor interés comercial según el criterio de cada comerciante, y la duración de cada periodo de rebajas será decidida libremente por cada comerciante.
- Las ventas en rebajas deberán anunciarse en el exterior del establecimiento con esta denominación.
- No cabe calificar como venta en rebajas la de aquellos productos no puestos a la venta en condiciones de precio ordinario con anterioridad, así como la de los productos deteriorados o adquiridos con objeto de ser vendidos a precio inferior al ordinario.
Ayudas al arrendamiento de viviendas 2014
Abierta convocatoria de ayudas al arrendamiento de viviendas
El día 6 de junio se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, la Orden de 04/06/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas al arrendamiento de viviendas; con el fin de facilitar el acceso y la permanencia en las mismas a personas con escasos medios económicos, continuar dinamizando el mercado del alquiler de las viviendas, así como de contribuir a hacer posible el acceso a una vivienda digna en este régimen, haciéndose eco de las necesidades de movilidad laboral de los ciudadanos, así como de las circunstancias que rodean a aquellas personas que, teniendo en propiedad una vivienda, no pueden disponer de ella por orden judicial, entre otros motivos.
Ayudas para la sustitución de calderas individuales
Publicada Orden de 02/06/2014, de la Consejería de Fomento
El día 6 de junio de 2014 se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden de 02/06/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la rehabilitación y mejora energética de las viviendas y se convocan las mismas. Las actuaciones previstas en la presente Orden se organizan en torno a tres programas fundamentales: programa 1, relativo a la rehabilitación de viviendas; programa 2, ventanas, que implica la sustitución de éstas por otras más eficientes desde el punto de vista energético; y programa 3, calderas individuales, destinado a la sustitución de generadores térmicos individuales (calderas individuales) por calderas de condensación.